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Publicado en EDOMÉX

Hasta seis años de cárcel por robo de coladeras

Miércoles, 20 Septiembre 2023 15:48 Escrito por  Veneranda Mendoza.

Hasta con siete años de prisión será sancionada la usurpación de funciones policíacas (las “madrinas”), mientras el robo de coladeras será sancionado con penas de dos a seis años de cárcel, después de que el Congreso local aprobara una serie de reformas al Código Penal estatal.

Los cambios fueron avalados por unanimidad y también posibilitan la querella en el delito de abigeato cuando sea cometido entre familiares, pues hasta ahora no se configura en estos casos.

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De esta manera, las personas encargadas de la seguridad pública que coadyuven en la usurpación de funciones y faciliten uniformes, insignias, vehículos oficiales o armas, con objeto de amedrentar a la sociedad con falsos operativos o retenes, serán sancionadas con entre dos y siete años de prisión.

La propuesta del diputado morenista Ariel Juárez busca combatir abusos y extorsiones, pues es práctica común que elementos de las corporaciones policiacas recurran a personas conocidas como ‘madrinas’ o ‘izquierdos’ para cometer delitos o actos arbitrarios, a los que les proporcionan objetos falsos de las instituciones de seguridad, como uniformes, insignias y autos.

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El dictamen también incluye tipificar el robo de coladeras, alcantarillas o tapas de registro propiedad del gobierno como un delito contra el equipamiento y mobiliario urbano, con penas de hasta seis años de prisión, en tanto que cuando el material sustraído no sea propiedad gubernamental la pena será de cuatro años de prisión.

Ésta última propuesta fue promovida por la también morenista Alicia Mercado, quien advirtió que la sustracción de estos aditamentos ha generado muertes y lesiones y daños a vehículos, dado que esta situación se presenta en banquetas y calles de todo tipo.

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De igual manera, los diputados facultaron la querella en el delito de abigeato o robo cuando éstas conductas sean cometidas entre familiares, con el propósito de evitar desigualdad en el tratamiento de este delito respecto a los de abuso de confianza, fraude, despojo y daño en los bienes, pues en la actualidad no procede la denuncia cuando existen vínculos consanguíneos entre la víctima y el infractor.

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