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Publicado en EDOMÉX

Obligan a diputados locales a trabajar 209 días al año

Martes, 07 Diciembre 2021 15:51 Escrito por  Veneranda Mendoza

El pleno de la Legislatura local reculó en su intención de que los diputados locales sólo estuvieran obligados a trabajar 180 días al año y descansaran 185, y determinó ampliar ese plazo a 209 de labor de los 365, lo que de cualquier manera les permitirá mantenerse en receso anualmente alrededor de 5 meses.

Por unanimidad, los diputados locales reformaron la Constitución estatal y la Ley Orgánica del Poder Legislativo, de tal manera que los periodos ordinarios de sesiones pasen de tres a dos cada año.

El primero comenzará el 5 de septiembre y no podrá ir más allá del 18 de diciembre, y el segundo comenzará el 31 de enero y no se podrá extender más allá del 15 de mayo.

La iniciativa promovida por la panista María de los Ángeles Dávila y avalada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales establecía que el segundo periodo del año comenzara el 15 de febrero y no pudiera extenderse más allá del 30 de abril; sin embargo, al subir al pleno se modificó, de tal manera que no se prolongue hasta después del 15 de mayo, mientras el grupo parlamentario de Morena propuso que comience el 31 de enero.

De haberse aprobado como lo proponía el Partido Acción Nacional (PAN), los diputados mexiquenses habrían estado obligados a trabajar 180 días y con la posibilidad de descansar 185 del año, es decir, habrían estado obligados a trabajar menos días de los que descansan cada año.

No obstante, a partir de la modificación, realizada con el argumento de eficientar los trabajos parlamentarios, estarán obligados a laborar 209 días y descansarán 156, con lo que de cualquier manera estarán en receso alrededor de 5 meses cada año.

Con la reforma, oficialmente los diputados locales contarán con dos periodos vacacionales: el decembrino que irá del 19 de diciembre al 30 de enero; y el veraniego, que se extenderá desde el 16 de mayo hasta el 4 de septiembre.

Con ello, durante los años electorales, con toda tranquilidad y sin ver afectados sus ingresos (a menos que soliciten licencia sin goce de sueldo porque se hayan registrado como candidatos) podrán irse a la campaña sin que sus actividades políticas intervengan con las parlamentarias.

En la actualidad, el marco jurídico dispone que la Legislatura local tenga sesiones ordinarias tres veces al año: del 5 de septiembre al 18 de diciembre; del primero de marzo al 30 de abril, y del 20 de julio al 15 de agosto, lo que se traduce en 193 días laborales por 172 de descanso.

Jurídicamente, los días laborales para los diputados locales son aquellos comprendidos en periodos ordinarios. Y en periodos de receso, podrán convocar a periodos extraordinarios, de ser necesario, aunque estos no son obligatorios.

Además, durante los periodos ordinarios los diputados están obligados por ley a sesionar sólo una vez a la semana, y de ninguna manera les son descontadas las dietas durante los periodos de receso o por los días no sesionados.

Hace varias Legislaturas, cuando el tricolor era mayoría, los diputados sesionaban dos veces por año: del 5 de septiembre al 30 de diciembre y del 2 de mayo al 31 de julio, con lo que estaban obligados a trabajar 209 días.

Por incluir una reforma constitucional, la reforma debe ser aprobada por la mitad más uno de los ayuntamientos mexiquenses.

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