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Publicado en EDOMÉX

Santillán apela designación de Auditor

Miércoles, 05 Febrero 2020 14:57 Escrito por  Veneranda Mendoza

Rogelio Santillán, uno de los 35 aspirantes al cargo de auditor superior del Estado de México, se amparó en contra del procedimiento por el que resultó designada la diputada federal con licencia, Miroslava Carrillo, al considerar que fue contrario a la Constitución Política local, pues contempló requisitos distintos a los previstos en la carta magna de la entidad.

Adicionalmente, solicitó a la Comisión de Vigilancia de Órgano Superior de Fiscalización (OSFEM), le sea concedida la revisión de los resultados de sus evaluaciones, pues jurídicamente todo evaluado tiene derecho a éste ejercicio para conocer las razones por las que fue admitido o rechazado.

Conforme al recurso de amparo promovido ante el Juzgado Segundo de Distrito en materias de Amparo y Juicios Federales, la Legislatura mexiquense violó el principio humano de seguridad jurídica y la Constitución, lo que en caso extremo, desde el punto de vista del postulante, podría llevar a la promoción de juicio político contra los diputados.

Santillán Buelna, expuso que el artículo 61, fracción XXXII, último párrafo, de la Constitución del Estado de México, determina como requisitos para el cargo experiencia mínima de 5 años en tres materias: control, auditoría financiera y responsabilidades, no de manera excluyente, sino en todas.

Sin embargo, las recientes reformas realizadas a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México (que la oposición acusó fueron diseñadas como un traje a la medida de la nueva auditora, en su momento postulada como diputada federal por Morena-PT-PES), prevén en el artículo 11, fracción V, experiencia en control, auditoría financiera y evaluación (ésta última, en lugar de responsabilidades).

Adicionalmente, expuso, el inciso E, base tercera de la convocatoria, determina experiencia en contraloría, transparencia y rendición de cuentas (ninguna de las dos últimas prevista en la Constitución ni en la Ley de Fiscalización).

Es decir, destacó, “mientras la Constitución dice A, B, C, la Ley de Fiscalización establece A, B y F; pero la convocatoria dispone A, Z, W”, ejemplificó.

Adicionalmente, el aspirante hizo llegar una solicitud de información a los integrantes de la Comisión de Vigilancia, pues toda persona que se somete a examen tiene el derecho constitucional a que le digan en qué estuvo mal, conocer los criterios de evaluación, los elementos considerados y la calificación “mía y de los demás para tener un referente”.

Indicó que si bien desde las recientes reformas a la Ley de Fiscalización se habló de la posibilidad de "dados cargados", también confió en que se hicieran realidad los preceptos abanderados por la denominada cuarta transformación, con base en una evaluación justa, honesta, trasparente, en el entendido de que la Legislatura local es de mayoría morenista.

Finalmente, Rogelio Santillán, consideró que el procedimiento se comenzó a empañar desde las entrevistas, cuando no se definieron los elementos de evaluación ni el ejercicio se realizó de manera abierta, en contraste con lo que ocurre con el proceso de selección del auditor superior de la Federación, cuyas entrevistas incluso son transmitidas a través del Canal del Congreso.

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