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Publicado en EDOMÉX

Sin facultades OSFEM para auditar a CUSAEM

Martes, 28 Mayo 2019 14:32 Escrito por  Veneranda Mendoza

Los Cuerpos de Seguridad Auxiliar del Estado de México y Municipios (CUSAEM) no son auditables por el Órgano Superior de Fiscalización (OSFEM), derivado de un fallo judicial que determina que no son entidades públicas del Poder Ejecutivo, aseguró Fernando Baz, auditor superior de la entidad.

El titular del OSFEM admitió, sin embargo, que sí hay una vinculación de esta corporación con el Gobierno estatal porque está dada de alta en el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMyM).

“Recibe el servicio del ISSEMyM por las cuotas que paga, como ente privado; es una cosa muy rara, derivado de una sentencia judicial laboral de hace 20 años, ese es el origen, la decisión del Tribunal de lo Contencioso Administrativo”, justificó.

Al día de hoy, afirmó, se desconoce la cantidad de elementos derechohabientes, pero el dato ya ha sido solicitado a los CUSAEM, aunque dijo no recordar a quién le demandó la información.

En contraste, el funcionario parlamentario aseguró que no hay un subsidio que el gobierno otorgue a los CUSAEM para su subsistencia, no recibe recursos públicos sino solo a través de servicios que se le contratan.

Adicionalmente, afirmó que existe “una sentencia federal que dice que no son entidades públicas y que no dependen del Ejecutivo”; según esta jurisprudencia federal, aseguró, no se puede auditar.

Sobre el Instituto de Salud del Estado de México y Municipios (ISEM), precisó que a 2017 el OSFEM realizó observaciones por 70 millones de pesos (de un presupuesto de 20 mil millones a la dependencia) y otros 29 millones le fueron observados por la Auditoría Superior de la Federación (ASF); en 2018, las observaciones del OSFEM a salud crecieron a 200 millones y otros 300 millones están pendientes por atender.

A la fecha, afirmó, ISSEMyM, ISEM y UAEMex han solventado entre 30 y 40 por ciento de las observaciones realizadas a la Cuenta Pública 2017, pero están en su periodo de 45 días para solventar, de no hacerlo, las observaciones van al área jurídica, después a investigación para que el expediente se turne al Tribunal de Justicia Administrativa.

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