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Publicado en EDOMÉX

Arrebata TEEM regiduría a Luis Miranda Jr.

Jueves, 30 Septiembre 2021 12:35 Escrito por  Veneranda Mendoza

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) negó a Luis Miranda Barrera, hijo del exsecretario de Desarrollo Social de Enrique Peña, Luis Miranda Nava, la posibilidad de convertirse en regidor de Toluca por el principio de representación proporcional, tras advertir que los votos obtenidos por el Partido Verde Ecologista (PVEM) -que lo postuló en los comicios del 6 de junio- le son insuficientes para acceder al cargo.

Además, ratificó el triunfo del priista Raymundo Martínez Carbajal, tras anular los resultados en 12 casillas que no modificaron las tendencias.

Las determinaciones se desprenden de los Juicios de Inconformidad 196 y 197 promovidos por los partidos Verde Ecologista y Encuentro Solidario, respectivamente, que el pleno acumuló al considerar que, en esencia, ambos impugnan los resultados de la elección en la capital mexiquense.

En el caso de la décima segunda regiduría que el PVEM peleó por lo que denominó principio de pluralismo político, los magistrados consideraron infundado el agravio, en virtud de que ese instituto político no alcanzó la votación suficiente para acceder a una regiduría.

La planilla verdecologista registró como candidato a la primer regiduría a Luis Enrique Miranda Barrera, por lo que, de haber fructificado el recurso, habría sido asignado a este candidato.

El tribunal local además declaró improcedente la petición de un nuevo escrutinio en 452 casillas, tras advertir que en ninguno de los casos se colman supuestos de ley para que así ocurra.

De igual manera, determinó como inoperante la pretensión de anular la elección, pues los señalamientos de los denunciantes fueron genéricos, no ofrecieron pruebas ni se acreditan los hechos denunciados.

Sobre la solicitud para anular la votación en diversas casillas bajo el argumento de que delegados y miembros de los consejos de participación ciudadana (Copacis) se desempeñaron como funcionarios de casilla el día de los comicios, los magistrados consideraron que no se acredita que así hubiera ocurrido.

La mayoría de las casillas en que se arguyó votación por personas distintas a las facultadas se consideró inoperante, excepto en 12 casillas, donde el señalamiento resultó fundado tras confirmarse que quienes actuaron en ellas no pertenecen a esas secciones.

Con base en este reacomodo se modificaron los resultados, y aún con ello se confirmó la declaración de validez de resultados y el otorgamiento de las constancias de mayoría y de asignación a los regidores de representación proporcional.

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