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Publicado en EDOMÉX

Legislatura del Estado de México aprobó en comisiones la “Ley Ingrid”

Miércoles, 18 Octubre 2023 20:20 Escrito por  Veneranda Mendoza.

La Legislatura del Estado de México aprobó en comisiones la denominada “Ley Ingrid” para sancionar con entre 3 y 10 años y medio de prisión a funcionarios que “filtren” fotos y videos de víctimas; las modificaciones al Código Penal estatal aclaran que los periodistas no serán castigados si difunden las imágenes en el ejercicio de su actividad profesional con carácter informativo.

La propuesta de la morenista Luz María Hernández va dirigida, fundamentalmente, a funcionarios y servidores públicos de Salud, Fiscalía, Seguridad, entre otros, que realicen en redes sociales u otros medios actos de difusión, entrega, publicación, transmisión, distribución, videograbación, reproducción, exposición, filmación, fotografía o compartan, oferten e intercambien imágenes relacionadas con cadáveres de personas, causando menoscabo en la dignidad, el honor y la intimidad de la víctima o la seguridad, paz y privacidad de sus familiares.

“Cuando en la comisión de este delito participen servidores públicos de Salud, Protección Civil, Seguridad Pública, procuración y administración de justicia, o cualquier otro inherente a la cadena de justicia, que por su empleo, cargo o comisión tengan acceso a la información y documentos relacionados con objetos, indicios, evidencias, hallazgos o instrumentos vinculados a un procedimiento penal o a una investigación relacionada con un hecho delictivo, se le impondrá de tres a siete años de prisión y multa de trescientas a ochocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito”, precisa el artículo 227 Bis.

Además, “cuando el sujeto pasivo de este delito sean mujeres, niñas, niños, adolescentes o persona en situación de vulnerabilidad, la pena se incrementará hasta en una mitad más de la que le corresponda”, precisa un apartado de la iniciativa avalada por unanimidad. Es decir, si se impone la pena máxima de siete años de cárcel pero además la conducta se comete en detrimento de cualquiera de los sectores de población enunciados, el castigo será de hasta 10 años y medio de prisión.

La sanción, sin embargo, no se restringe a los servidores públicos, sino se amplía a toda persona que incurra en los supuestos señalados, con excepción de las personas que realicen programas preventivos, educativos o informativos (periodistas) que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales.

Los cambios nacieron de la difusión indebida en redes sociales y medios de comunicación del feminicidio de Ingrid “N” registrado en 2020 en la Ciudad de México, ya habían sido avalados por el Congreso mexiquense en julio de 2021 y promulgados en Gaceta de Gobierno estatal en agosto de ese mismo año.

No obstante, a raíz de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó el Decreto, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó el caso e invalidó la reforma al argumentar que se trataba de un tipo penal ambiguo.

Para esta ocasión se conjuntó además la iniciativa de la pevemista María Luisa Mendoza en sentido similar, y se contó con el análisis y respaldo de funcionarios de la Fiscalía General de Justicia de la entidad (FGJEM) y el Poder Judicial estatal. Se prevé que en los próximos días el dictamen sea turnado al pleno del Congreso local para su aprobación.