Tribunal del Poder Judicial revocó sentencia del TEEM contra Iriana de la Vega
La magistrada Maricela Fernández consideró que tras realizar el análisis de la controversia, se determinó que no hubo violencia política en razón de género.
La magistrada Maricela Fernández consideró que tras realizar el análisis de la controversia, se determinó que no hubo violencia política en razón de género.
Los magistrados consideraron, por unanimidad, que se configura promoción personalizada, se actualiza el uso indebido de recursos y se acredita la difusión extemporánea del segundo informe de labores
El pleno declaró inexistentes las violaciones objeto de la denuncia, atribuidas por Morena al mandatario estatal y al Partido Revolucionario Institucional (PRI), “por la falta de concurrencia de los elementos personal, temporal y objetivo, necesarios para su acreditación”.
El Tribunal considera que las expresiones están cargadas de elementos estereotipados, con lo que demerita la capacidad de la denunciante en el ejercicio de su función.
En consecuencia, los magistrados decidieron dar vista a la Contraloría del Senado de la República para que imponga la sanción correspondiente a Zepeda Hernández; y acordaron amonestar públicamente al partido por promover a uno de sus aspirantes de forma anticipada.
El convenio de coalición había sido impugnado por Gutiérrez Cureño ante la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, quien consideró infundados los agravios esgrimidos por el actor.
Los magistrados consideraron inoperantes los agravios esgrimidos por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) en los Recursos de Apelación 15, 16, 17 y 18 de 2021 respectivamente