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Publicado en EDOMÉX

Ratifica TEEM triunfo de panistas en Naucalpan y Cuautitlán Izcalli

Sábado, 25 Septiembre 2021 12:05 Escrito por  Veneranda Mendoza

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) confirmó los triunfos electorales de las panistas Angélica Moya y Karla Fiesco en Naucalpan y Cuautitlán Izcalli; y de los morenistas Michel Núñez y Alfredo González en Valle de Bravo y Xonacantlán, respectivamente.

En el caso de Naucalpan, la impugnación fue promovida por Movimiento Ciudadano (MC), quien pidió la nulidad al acusar, con base en notas periodísticas, que Moya Marín utilizó en la campaña dinero procedente del erario de Tamaulipas destinado a programas sociales; no obstante, los magistrados indicaron que la información proporcionada no se adminicula con otros elementos de convicción, por lo que no es posible acreditar el señalamiento.

El denunciante también arguyó rebase de topes de campaña, pero el pleno lo consideró infundado porque la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) facultada para la revisión no detectó ninguna irregularidad.
En contra de los resultados municipales de Cuautitlán Izcalli fueron entablados los Juicios de Inconformidad 93, 94 y 95 promovidos por Movimiento Ciudadano, Morena y Fuerza por México, respectivamente; el último se sobreseyó porque se entabló ante órgano diverso.

Además, el pleno determinó inoperantes los agravios sobre el presunto uso de recursos de procedencia ilícita, porque no se exponen las razones por las que se afirma; también consideraron infundado el supuesto rebase de topes de campaña porque el denunciante no aportó los argumentos jurídicos para acreditarlo, y tampoco se acreditaron faltas en materia de fiscalización, uso de recursos públicos ni irregularidades graves.

Los magistrados descartaron, de igual manera, vulneración al principio de laicidad por parte de Fiesco García, pues si bien se detectó una alusión genérica a Dios, fue insuficiente para afirmar que se persuadió a un importante número de votantes, que su promoción coaccionara el voto, y la conducta no fue sistemática.

En cuanto a la elección de Valle de Bravo, el TEEM determinó que el PRI no acreditó que la morenista Michel Núñez incurriera en actos anticipados de precampaña y/o campaña; promoción personalizada, distribución de recursos públicos y en especie con fundamentación religiosa, o el uso de los programas de gobierno, su emblema o imagen en su beneficio.

Sobre los actos anticipados, el pleno consideró que las expresiones denunciadas no pueden considerarse un llamamiento al voto o la publicación de una plataforma electoral, sino sólo son recomendaciones de interés general, tutelados en la libertad de expresión.

En cuanto a la promoción personalizada, indicaron que la morenista no era servidora pública ni sus publicaciones promocionaban a algún servidor público. Para los magistrados tampoco se acreditó coacción o afectación a la libertad de conciencia de los feligreses; ni el uso indebido de recursos públicos o uso indebido de algún programa social.

Para resolver las impugnaciones en contra de los resultados, la declaración de validez, expedición de constancias de mayoría y asignación de regidores de representación proporcional en Xonacatlán, los magistrados acumularon los juicios de inconformidad 1 y 82; y los juicios de protección de los derechos del ciudadano local 442, 458, 505, 523, 524 y 525. El 442, 458 y 505 se desecharon por extemporáneos o falta de interés jurídico.

El Tribunal consideró infundados el rebase de topes de campaña, pues éste no se desprende del dictamen consolidado de INE; el uso de recursos de procedencia ilícita, porque no se acredita el rebase de topes; la aplicación de recursos públicos, pues como diputado no utilizaba la iniciales AG que empleó en campaña ni ésta se costeó con recursos de la Legislatura.

Tampoco, dijeron los magistrados, se acreditó el uso de símbolos religiosos, pues aún cuando entregó un arreglo floral a un sacerdote, fue en su ejercicio de libertad de culto y no se advirtió algún mensaje electoral del sacerdote o que esta conducta se realizara frente a seguidores ni ninguna solicitud de votar por él.

El pleno indicó que tampoco se acreditó coacción y compra del voto con dinero o apoyos en especie, pues el denunciante no especifica tiempo, modo y lugar, día, horarios y lugares en que habría ocurrido la conducta.

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