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Publicado en EDOMÉX

Sancionan por 179 mil 240 pesos a diputado del PAN por actos anticipados de campaña

Lunes, 12 Julio 2021 16:02 Escrito por 

Por actos anticipados de campaña, el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) impuso dos sanciones por 89 mil 620 pesos cada una, es decir, en total 179 mil 240 pesos al panista Diego Rosas Anaya, diputado local electo.

Las decisiones fueron el resultado de dos impugnaciones, la primera del Procedimiento Especial Sancionador (PES) 126 de este año, en que se atribuyen al otrora aspirante a diputado local por el distrito 17 con cabecera en Huixquilucan actos anticipados de precampaña, campaña y promoción personalizada con la difusión de propaganda a su persona a través de pantallas led y un espectacular, ubicados en los municipios de Huixquilucan y Naucalpan.

El pleno acreditó la existencia de un espectacular de cuyo contenido se advierte el nombre e imagen del denunciado, con el que de forma velada se posicionó entre determinada ciudadanía para obtener un beneficio con la propaganda denunciada.

Por esta razón, los magistrados determinaron imponer a Rosas Anaya una multa de mil veces el valor diario de la UMA vigente, y ordenaron vincular al secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para que proceda conforme a lo ordenado en la resolución, y a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México para que haga efectiva la multa impuesta.

También acordaron dar vista a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre la determinación, en virtud de que fue éste órgano quien mandató reponer el análisis y la sentencia que, en un primer momento, consistió en una amonestación pública.

Además, al resolver el PES/61/2021 promovido también contra Diego Rosas, en su calidad de primer regidor del Ayuntamiento de Huixquilucan, y del Partido Acción Nacional, el TEEM declaró la existencia de actos anticipados de campaña con la colocación de anuncios espectaculares, por lo impuso otra sanción consistente en una multa de mil veces el valor diario de la UMA vigente.

Sin embargo, consideró inexistentes los actos anticipados de precampaña, promoción personalizada y utilización indebida de recursos públicos, y las violaciones atribuidas al Partido Acción Nacional (PAN) por culpa in vigilando (corresponsabilidad en la vigilancia).

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