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Publicado en EDOMÉX

Diputados del PAN proponen cárcel por falta de insumos médicos

Martes, 09 Junio 2020 14:30 Escrito por  Veneranda Mendoza

Con sanciones que pueden ir de los tres a los 12 años de prisión, propone el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) sancionar las agresiones y discriminación a personal médico, de seguridad y protección civil; y considerar como una falta administrativa grave que no se dote de insumos de protección a trabajadores del sector salud.

Por su parte, el grupo parlamentario de Morena planteó agravar, hasta con dos años de prisión y hasta 150 días multa, el delito de lesiones “cuando se causen al personal que se desempeña en instituciones de salud públicas o privadas, por el sólo hecho de laborar en ellas”.

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Los diputados Anuar Azar, Javier González y José Antonio García, autores de la propuesta panista, plantean la necesidad de la modificación ante los recurrentes casos de agresión a personal médico mexiquense y las protestas por falta de insumos y equipo que ponga en riesgo su vida, como ocurre durante la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19.

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Las reformas al Código Penal estatal y a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios tienen como propósito garantizar los derechos e integridad física y moral al personal hospitalario, y obligar a las autoridades a suministrar al personal médico los insumos e instrumentos necesarios de manera eficiente y oportuna.

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La iniciativa panista plantea adicionar el artículo 211 y el artículo 238 bis al Código Penal del Estado de México para que “cuando la conducta (lesiones) sea cometida en contra del personal médico de servicios de salud pública o privados, seguridad o protección civil, durante el periodo que comprenda la declaración de una contingencia o emergencia sanitaria declarada por las autoridades competentes, la pena de prisión incremente de tres a cinco años”; además el delito se perseguirá por querella.

Mientras, el artículo 238 bis plantea que “las penas a que se refiere el artículo 237 (lesiones) se incrementarán hasta en una mitad, cuando el ofendido sea del personal médico de servicios de salud pública y privados, seguridad o protección civil. Cuando las conductas señaladas en el presente artículo se cometan durante el periodo que comprenda la declaración de una contingencia o emergencia sanitaria declarada por las autoridades competentes o, quien las infiera sea un servidor público, las penalidades del párrafo anterior se aumentarán hasta en una mitad”; esta conducta se perseguirá por oficio.

Además proponen adicionar diversas disposiciones a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios para que se consideren como faltas administrativas graves de los servidores públicos, cualquier acto u omisión de incumplimiento a las medidas de seguridad y falta de otorgamiento de los insumos e instrumentos necesarios para el cumplimiento de los servicios públicos, que pongan en riesgo la seguridad o salud del servidor público y de su familia, o la salud de la población.

Por lo que toca a la reforma morenista, la propuesta de la diputada Berenice Medrano, presidenta de la Comisión de Salud, es que el artículo 238 del Código Penal del Estado de México determine como circunstancias que agravan la penalidad del delito de lesiones, “cuando se causen al personal que se desempeña en instituciones de salud públicas o privadas, por el sólo hecho de laborar en ellas”.

De esta manera, a las penas por lesiones previstas en el artículo 237, se agregarán “de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa”.

Ambas iniciativas fueron remitidas a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen posterior.

 

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