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Publicado en EDOMÉX

TEEM sancionó a Juan Zepeda por actos anticipados de campaña en Nezahualcóyotl

Domingo, 09 Mayo 2021 10:40 Escrito por  Veneranda Mendoza

Por considerar que incurrió en actos anticipados de campaña al difundir de forma extemporánea su segundo informe de labores, el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) sancionó al senador con licencia Juan Zepeda, además candidato de Movimiento Ciudadano a la presidencia municipal de Nezahualcóyotl.

En consecuencia, los magistrados decidieron dar vista a la Contraloría del Senado de la República para que imponga la sanción correspondiente a Zepeda Hernández; y acordaron amonestar públicamente al partido por promover a uno de sus aspirantes de forma anticipada.

La resolución se desprende del estudio del Procedimiento Especial Sancionador 14/2021, promovido por la ciudadana Elizabeth Rivera Flores contra el senador por la supuesta difusión extemporánea de publicidad alusiva a su segundo informe de labores que presuntamente incide en el desarrollo del proceso electoral que actualmente se desarrolla en el Estado de México.

El pleno encontró violación por la presentación extemporánea del segundo informe de labores del legislador, pues se confirmó la colocación de tres lonas fuera del plazo permitido; también consideró que se configuraron actos anticipados de campaña con tres elementos propagandísticos más, específicamente por pinta de bardas en las que se refería el nombre del ahora candidato, el logotipo del partido por el que es postulado, y la leyenda “Va por Neza”, demarcación en la que participa.

En contraste, los magistrados declararon inexistente la violación objeto de la denuncia, por cuanto hace a 40 elementos propagandísticos relativos a la difusión del segundo informe de actividades legislativas del hoy abanderado, la violación a normas en materia de propaganda atribuida al Partido Movimiento Ciudadano y la vulneración al interés superior de la niñez.

También desecharon la queja en el sentido del uso ilegal de recursos públicos para promoverse porque no se pudo acreditar en materia de fiscalización, pero ordenaron dar vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) para que en el ámbito de sus atribuciones investigue y determine lo que a derecho corresponda sobre los gastos de propaganda objeto de la denuncia.

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